En Gestión y Control Ambiental SAC, entendemos la importancia de mantener la inocuidad alimentaria y la calidad en la industria alimentaria. Como miembros de APECS y asesores del INACAL, participamos en la elaboración de la norma INACAL-CTN 131_N67_NTP 712.011-2024. En esta serie de blogs, detallaremos los requisitos para empresas que realizan el control de plagas, según esta norma. En esta primera parte, nos enfocaremos en las Generalidades y los Requisitos para la empresa de servicios.
El Programa de Manejo Integrado de Plagas (MIP), cuando es implementado por contratistas, debe asegurar la contratación de empresas registradas por la entidad competente, como las Direcciones de Redes Integradas de Salud, y cumplir con los requisitos legales aplicables (INACAL-CTN 131_N67_NTP …).
Importancia: Contratar empresas registradas y cumplir con las normativas legales garantiza la confiabilidad y efectividad de los servicios de control de plagas. Además, asegura que se empleen prácticas seguras y responsables, protegiendo así la salud pública y la calidad de los productos alimenticios.
Para proteger los productos alimenticios o materiales en contacto con alimentos, los establecimientos deben asegurarse de que los proveedores de servicios de MIP estén capacitados y habilitados. Los aspectos críticos incluyen:
Importancia: Asegurar que las empresas de servicios de MIP cumplan con estos requisitos críticos protege al establecimiento de riesgos legales, garantiza la calidad del servicio, y asegura que las actividades de control de plagas se realicen de manera segura y efectiva.
Cumplir con estos requisitos beneficia a las fábricas y almacenes de alimentos al:
En Gestión y Control Ambiental SAC, estamos comprometidos con la excelencia en el control de plagas, cumpliendo rigurosamente con la normativa INACAL-CTN 131_N67_NTP 712.011-2024. En la próxima entrega, continuaremos con los Contratos firmados con empresas de servicios y los Requisitos del personal.